Ricardo Rosselló Nevares firmó el Proyecto del Senado 218, que persigue fiscalizar a los administradores de beneficios de farmacias (PBM, por sus siglas en inglés).
La medida, conocida ahora como la Ley Reguladora de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia, crea la Oficina del Comisionado Regulador de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia, la cual estará adscrita al Departamento de Salud.
Esta legislación también fiscaliza uno de los componentes dentro de la cadena de servicios de salud que, hasta el momento de firmada, no contaba con regulación alguna.
Luego de firmada la ley, Rosselló Nevares expresó que existía una necesidad de proteger al paciente y la prestación de servicios de salud, por lo que entendió pertinente que se regulase con efectividad a los PBM, y agregó que los aumentos injustificados a los medicamentos eran inaceptables, por lo cual se requería regular cada eslabón de la cadena de producción y dispensa de medicamentos de manera efectiva para asegurar así obtener los precios más accesibles para los ciudadanos.
Dicho proyecto establecía que la oficina creada bajo esta ley debe hacerse responsable de requerir el licenciamiento para toda PBM que desee operar en Puerto Rico, atender reclamaciones de reembolso y garantizar que cumplan con los pagos a las farmacias. Además, la oficina tiene la labor de prohibir que los PBM alteren unilateralmente las prescripciones de los pacientes; de garantizar que el proceso de aprobación de medicamentos no exceda 72 horas; y de multar cualquier violación a esta ley.
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