(27 de noviembre de 2018 – La Fortaleza, San Juan) El gobernador Ricardo Rosselló Nevares convirtió en ley seis proyectos que ofrecen derechos a los asegurados frente a las compañías aseguradoras.
“Fuimos enfáticos en que no estábamos complacidos con el trámite que las aseguradoras dieron a sus asegurados en la recuperación luego de los desastres naturales del año pasado. A esos fines, convocamos una cumbre —que incluyó asegurados, aseguradoras, comercios, sector privado, municipios e individuos— donde se recogió el insumo de todos los sectores para atemperar el Código de Seguros a las realidades contemporáneas y para buscar mayores protecciones a los asegurados que son la parte vulnerable en un contrato de seguros”, expresó el primer ejecutivo.
Las medidas que firmó el primer ejecutivo son los proyectos del Senado 1054, 1056 y 1058; los proyectos de la Cámara 1727 y 1729; todos presentados por el Ejecutivo. De igual forma, el gobernador firmó el proyecto de la Cámara 1645, de la autoría del presidente cameral, Carlos “Johnny” Méndez.
El comisionado de Seguros, Javier Rivera Ríos, comentó que “las medidas que el gobernador convierte hoy en ley serán en beneficio de todos los asegurados y redundarán en una industria de seguros mejor situada para afrontar futuros eventos”.
El Proyecto del Senado 1056 provee para asegurar que los fondos necesarios para la recuperación comiencen a fluir rápidamente. Esta ley requiere a las aseguradoras, ante un estado de emergencia en la Isla, proceder con la emisión de pagos parciales aplicable a las partidas donde no existe controversia dentro de diez días calendario de que la oferta sea aceptada.
De otro lado, el Proyecto del Senado 1054 incorpora el proceso obligatorio para las aseguradoras de valoración (appraisal) por medio de un árbitro, lo cual permitirá agilizar la resolución de discrepancias sobre el valor de los daños o pérdida. Este proceso de valoración —disponible en las demás jurisdicciones de los Estados Unidos— no suplantará o constituirá una renuncia del derecho del asegurado a iniciar una acción judicial.
“Durante este periodo de recuperación vimos ejemplos de aseguradoras que no emitían pagos parciales a pesar de haber partidas sin controversia. Además, no tener un proceso efectivo, administrativo y económico para valorizar las pérdidas va en detrimento de los asegurados que necesitan los fondos para subsistir. Esto afecta la posibilidad de retener empleos en la Isla y provoca migración de nuestros ciudadanos en muchas ocasiones”, explicó el gobernador.
Además, el Proyecto 1054 también crea salas especializadas y con jueces preparados en materias de seguros para que atiendan de manera expedita este tipo de casos.
Según ha sido la postura del Gobierno, se aclara que cualquier cláusula que limite el tiempo que tiene un asegurado para hacer valer sus derechos bajo la póliza en los tribunales quedará interrumpida por una reclamación oportuna a la aseguradora, incluso aquellas relativas al paso de los huracanes Irma y María.
En tanto, el Proyecto de la Cámara 1645 crea una nueva causa de acción para casos donde el asegurador no haya procedido con buena fe o que el manejo de la reclamación fuera irrazonable.
Lo anterior incluye el no resolver las reclamaciones con prontitud, cuando la responsabilidad de la aseguradora sea clara. El asegurador que incurra en esta práctica estará sujeto al pago de daños, incluyendo daños punitivos, y el pago de costas y honorarios de abogado.
Por su parte, el Proyecto 1058 requerirá a cada asegurador mantener por escrito un plan de respuesta ante un evento catastrófico o de emergencia, mediante el cual se garantice la continuidad de los servicios y operaciones.
El plan de respuesta tiene que certificarse anualmente ante la Oficina del Comisionado de Seguros. Además, debe ser revisado y certificado por un profesional experto en planificación de continuidad de negocios al menos cada cinco años.
Esta medida también provee para que cada asegurador objeto de auditoría reembolse los gastos incurridos en la investigación o examen.
Esto permitirá que la Oficina del Comisionado de Seguros pueda contar con mayores recursos de fiscalización y garantizar a la ciudadanía que, aún ante un desastre mayor, la entidad cuenta con la capacidad financiera para responder de conformidad a lo pactado.
Para ampliar las opciones de cubierta comercial, el Proyecto 1727 permite a las entidades que cualifiquen, la colocación de riesgos comerciales particulares con aseguradores de líneas excedentes cuando, luego de circular el riesgo entre todos los aseguradores autorizados para suscribir esa clase de seguro en Puerto Rico, al menos tres declinen aceptar parte o la totalidad de la cubierta.
Esto resultará en mayor acceso a primas más asequibles para comercios, condominios y entidades gubernamentales.
“Esta medida permitirá tener más opciones cuando no haya suficientes ofertas en Puerto Rico, lo que redundará en ahorros considerables a nuestros asegurados que en muchos casos han visto aumentos insostenibles en sus primas”, añadió el primer mandatario.
El Proyecto 1729 viabiliza y autoriza una nueva cubierta a bajo costo con beneficios definidos, conocida como microseguros que —en caso de ocurrir un evento catastrófico— permitiría al asegurado recibir una indemnización predeterminada sin necesidad de pasar por los procesos de ajuste de la reclamación.
“De lo que tratan estas medidas es darle más opciones a nuestros asegurados para que puedan asegurarse a un menor costo y con derechos que le permitan reclamar adecuadamente a su asegurador”, afirmó Rosselló Nevares.