Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Ricardo A. Rosselló Nevares, para iniciar una reorganización uniforme de la Rama Ejecutiva en siete regiones de los servicios gubernamentales
- Orden precursora a la transformación a regiones o condados.
- Ordena a las agencias y corporaciones públicas de la Rama Ejecutiva a que en 60 días hagan un análisis para ver la viabilidad de restructurar sus servicios en regiones uniformes.
- Deberán justificar las razones u obstáculos para poder lograr la uniformidad de regiones.
- Se ordena a que hagan su análisis utilizando las siguientes Regiones:
Región I: Aguas Buenas, Cayey, Cidra, Salinas y San Juan.
Región II: Aibonito, Barranquitas, Bayamón, Cataño, Comerío, Corozal, Guaynabo, Naranjito, Orocovis, Toa Alta, Toa Baja y Villalba.
Región III: Arecibo, Barceloneta, Camuy, Ciales, Dorado, Florida, Hatillo, Quebradillas, Lares, Manatí, Morovis, Utuado, Vega Alta y Vega Baja.
Región IV: Aguada, Aguadilla, Añasco, Cabo Rojo, Hormigueros, Isabela, las Marías, Mayagüez, Moca, Rincón, San Germán y San Sebastián.
Región V: Adjuntas, Coamo, Guánica, Guayanilla, Jayuya, Juana Díaz, Lajas, Peñuelas, Ponce, Sabana Grande, Santa Isabel y Yauco.
Región VI: Arroyo, Caguas, Guayama, Gurabo, Humacao, Juncos, Las Piedras, Maunabo, Maricao, Naguabo, Patillas, San Lorenzo y Yabucoa.
Región VII: Canóvanas, Carolina, Ceiba, Culebra, Fajardo, Loíza, Luquillo, Río Grande, Trujillo Alto y Vieques.
- Crea un Task Force para recopilar la información y hacer recomendaciones al Gobernador. En el task force están: Secretario de la Gobernación, Secretario de Política Pública, Asesor Legal Principal, Asesor en Asuntos Municipales y el Secretario de Estado. Puede nombrar otras personas que entienda necesarias.